El artículo 9 de la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas, amplía la información que las sociedades mercantiles deben incluir en la memoria de sus cuentas anuales y que también deben publicar en su página web, si la tienen. Sin embargo, no modifica la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores, por lo que no se prevé modificar la RSL de 29-01-2016 “sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales”. El periodo medio de pago a proveedores no forma parte de la información obligatoria que deben proporcionar las pequeñas empresas en sus cuentas anuales. En relación con la pregunta: Si las pequeñas y medianas empresas están obligadas a incluir en la memoria de las cuentas anuales el periodo medio de pago a proveedores y la información adicional que prevé la disposición adicional tercera. Deber de información, según la nueva redacción introducida por el artículo 9 de la Ley 18/2022. Sólo las entidades que elaboren la memoria en modelo normal deberán incluir de forma expresa en la memoria la información sobre su periodo medio de pago a proveedores. BOICAC 132/Diciembre. Consulta 1.
